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Los puntos más controvertidos de la iniciativa de Ley de Medios en Ecuador

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Ley-Comunicacion

Con la reelección en febrero de 2013 del presidente Rafael Correa y con la mayoría obtenida por su partido Movimiento Alianza País,  podría llegar a consolidarse una ley de Comunicaciones que tiene tres años estancada, una reforma inspirada en la Ley de Medios aprobada en la Argentina en 2009, donde se prevé un nuevo enfoque sobre la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo.

Según el informe de hace unos días de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), el gobierno de Correa está cambiando a un nuevo modelo de regulación con los medios y su relación y ha calificado como “ley mordaza” la iniciativa.

El proyecto de la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador no ha podido ser aprobada por falta de consensos y algunas organizaciones civiles —nacionales o internacionales— dicen que atenta contra la libertad de expresión. Estos son algunos de los aspectos más polémicos.

Frecuencias
Un punto álgido de la iniciativa es que plantea que 34% de las frecuencias sean concedidas a medios comunitarios, 33% para públicos y 33% para negocios privados con fines de lucro. En Ecuador, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) dijo que hasta 2006 el 33,3% de la población era indígena, aunque el censo oficial estima menos del 7%.

Actualmente, 85,5% de las frecuencias radiales son privadas, 12,9% públicas y 1,6% comunitarias, según la Superintendencia de Telecomunicaciones. En el caso de la televisión, 71% son privadas y 29% públicas.

La ley establecería que la comunicación social es un servicio público que debe ser prestado con “responsabilidad y calidad” y que los medios comunitarios son aquellos “cuya propiedad, administración y dirección corresponden a comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades, colectivos u organizaciones sin fines de lucro”.  Y que además operarán en igualdad de condiciones con los otros sectores, pero se beneficiarán, además, de políticas públicas para su creación y fortalecimiento, como “mecanismo para promover la pluralidad, diversidad, interculturalidad y plurinacionalidad”.

Los más críticos dicen que no están dadas las condiciones adecuadas para tener el 34% de frecuencias comunitarias.

Consejo de regulación
El proyecto plantea la creación del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación, con delegados del presidente, las alcaldías y gobernaciones, las universidades y las organizaciones de comunicación y derechos humanos. El Consejo deberá elaborar un informe vinculante para la adjudicación o autorización de concesiones de frecuencias.

Algunos han criticado esta medida porque el poder quedaría concentrado en el gobierno. La SIP señala que la ley va en contra de las convenciones internacionales firmadas por Ecuador.

Ley-Medios-Ecuador

El Consejo tendría la facultad de sancionar a medios que por ejemplo se nieguen a rectificar informaciones. En caso de reincidencia, se prevén multas de hasta 10% de la facturación promedio de tres meses.

Regulación o prohibición de contenidos violentos, discriminatorios o explícitamente sexuales, y la responsabilidad ulterior.

También, la obligación que tendrán las estaciones de radio y televisión de difundir producciones nacionales. Los espacios musicales de radio deberán dedicar 50% a esos trabajos, y la televisión 40% de su parrilla.

Información de la prensa
Otro de los puntos es que la información publicada debe ser debidamente verificada y la ley establece la obligación de rectificación de informaciones falsas o inexactas, y el derecho de réplica cuando una persona considere que la información afecta sus derechos a la dignidad, honra o reputación. Si esto no se hace, vendrían sanciones.

Uno muy controvertido es que la ley señala que los periodistas, todos, deben estar titulados, salvo los editorialistas, los articulistas de opinión y los periodistas que hablan en lenguas indígenas.  En caso de que un periodista no esté titulado, tendría seis años para hacerlo.

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